Dificultades financieras: Hermanos Santana Cazorla SL en liquidación

published on 05 October 2024

En el proceso concursal de la compañía Hermanos Santana Cazorla SL, actualmente en su etapa de liquidación, participan un total de catorce acreedores. Este grupo incluye diversas administraciones públicas, entidades bancarias, empresas del sector turístico y de servicios, así como firmas de otros campos y particulares. La deuda reconocida en este procedimiento supera los 200 millones de euros, de acuerdo con fuentes relacionadas con el caso judicial. Además, se deben sumar al menos 80 millones más vinculados al concurso de la empresa Mar Abierto, Agencia Estatal de la Administración Tributaria la cual gestiona los hoteles del grupo Santana Cazorla en Taurito. Tal como se mencionó en informaciones anteriores, el Juzgado de lo Mercantil número 1, ubicado en Las Palmas de Gran Canaria, tomó la decisión el 31 de mayo de abrir la fase de liquidación del concurso y proceder a la disolución de la empresa, ya que no se presentó un convenio de acreedores en el plazo establecido. La lista de acreedores comprende a la compañía Isla Marina; el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa); Banco Sabadell; la Mancomunidad Residencial Pino II; María de los Ángeles García; Asefa SA Seguros y Reaseguros; Caixabank; Residencias Canarias; Voyager UK; el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria; María del Carmen Goñi; Pablo Rafael Borras; la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma de Canarias. El juez Alberto López determinó, conforme a las normativas de insolvencia, suspender a Hermanos Santana Cazorla SL en el ejercicio de las atribuciones para administrar y disponer de los bienes que forman parte de su masa activa. Esto incluye la disolución de la empresa misma y el cese de sus administradores o liquidadores, quienes serán reemplazados por la administración concursal. Además, se contempla el vencimiento anticipado de los créditos concursales que puedan estar aplazados, así como la conversión en efectivo de aquellos créditos que se basen en otras formas de prestación. Este fallo debe ser publicado en el Registro Concursal Público y en el Tablón Edictal Judicial Única, y también se procederá a inscribir la apertura de la fase de liquidación en el Registro Mercantil. Sin embargo, todas estas decisiones están sujetas a un posible recurso de reposición por parte de la empresa, aunque dicho recurso no suspenderá los efectos de la resolución. También existe la posibilidad de presentar un recurso de apelación.

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