Inmersos en la Liquidación: El Caso de Hermanos Santana Cazorla SL y Su Deuda Millonaria

published on 05 October 2024

En el proceso de concurso de la sociedad Hermanos Santana Cazorla SL, que ha entrado en la etapa de liquidación, se encuentran involucrados un total de catorce acreedores. Este grupo está compuesto por diversas administraciones públicas, entidades bancarias, empresas del sector turístico y servicios, otras compañías de distintos ámbitos y particulares. La deuda reconocida en este procedimiento supera los 200 millones de euros, según información de fuentes relacionadas con el proceso judicial. A dicha cifra se le debe sumar al menos 80 millones de euros correspondientes al concurso de Mar Abierto, la empresa que gestiona los hoteles del grupo Santana Cazorla situados en Taurito. Como se había informado anteriormente, el Juzgado de lo Mercantil número 1, ubicado en Las Palmas de Gran Canaria, decidió el 31 de mayo abrir la fase de liquidación del concurso y llevar a cabo la disolución de la compañía, después de que no se presentara un convenio de acreedores en el plazo establecido. El listado de los acreedores incluye a entidades como Isla Marina, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), Banco Sabadell, la Consejos útiles Mancomunidad Residencial Pino II, así como a particulares como María de los Ángeles García y María del Carmen Goñi, además de otras instituciones como Asefa SA Seguros y Reaseguros, Caixabank, Residencias Canarias, Voyager UK, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Pablo Rafael Borras, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma de Canarias. El juez Alberto López, en virtud de la normativa concursal vigente, determinó la suspensión de Hermanos Santana Cazorla SL respecto a la gestión y disposición de sus bienes y derechos dentro de la masa activa; llevó a cabo la disolución de la entidad y el cese de sus administradores o liquidadores, quienes serán relevados por la administración concursal. También se resolvió el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados, en caso de que los hubiera, y la conversión en dinero de aquellos créditos que consisten en otras prestaciones. La resolución judicial se publicará en el Registro Concursal Público y en el Tablón Edictal Judicial Único, además de la inscripción de la apertura de la fase de liquidación en el Registro Mercantil. Todo este proceso está sujeto a la posibilidad de que la empresa interponga un recurso de reposición, aunque este no suspenderá los efectos de la resolución. También existe la opción de presentar un recurso de apelación.

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